El IMPACTO ECONÓMICO DE LA INEFICIENCIA JUDICIAL EN LAS MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA- MIPYME EN EL PERÚ

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  1. Introducción

Desde finales del siglo pasado el Perú realizó reformas estructurales en materia económica y como resultado se produjo un crecimiento económico sostenido hasta la llegada del COVID 19. Sin embargo, el problema de la pobreza y el desempleo aún persisten. En este sentido, merece particular atención los 150 millones de personas que actualmente trabajan en micro, pequeñas y medianas empresas en América Latina.

En este contexto, la micro, pequeña y mediana empresa tienen una serie de obstáculos y/o barredas que tienen que superar para mejorar su productividad. Confome el Banco Interamericano de Desarrollo – BID los obstáculos y/o barredas son cuatro principalmente: las políticas y el entorno reglamentario, el acceso a los servicios financieros, el acceso a los servicios empresariales y los recursos insuficientes de sector.

Durante los últimas decadas en nuestro país, la atención se ha centrado en la importancia de la MIPYME como generadora de desarrollo en nuestra economía por este motivo el Estado peruano ha ido implementando diferentes políticas, instrumentos y acciones encaminadas a impulsar el fortalecimiento de la MIPYME, entre las cuales tenemos:

  • Un marco normativo especifico, la Ley N° 28015 (03.07.2003)- Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, la citada norma fue modificada por el Decreto Legislativo N° 1086 (28.06.2008) Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente finalmente modificado por la Ley N° 30056 (02.07.2013).El Plan Nacional de Diversificación Productiva aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-PRODUCE,
  • La creación de una serie de organismos e instituciones destinados al fomento de este sector: Innnovate, INACAL, Programa de Diversificación Productiva -PNDP y el Programa Nacional Tu Empresa

 Estas acciones de promoción se sustentan en la Constitución Peruana, en particular en el artículo 59º, el cual señala que “(…) el Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad, promueve a las pequeñas empresas en todas sus modalidades”.

Como señalaba el Dr. Enrique Bernales,

La parte final del artículo bajo comentario establece una norma de justicia distributiva en la actividad empresarial (…) Las posibilidades de acción y desarrollo de las unidades económicas varían según su dimensión, especialidad, capacidad instalada etc. Esto crea disparidad entre las empresas que a la larga pueden conducir a que los esfuerzos de sus empresarios se vean frustrados no por falta de calidad o de trabajo sino por operación misma del mercado y de los otros agentes.[1]

Esta norma constitucional busca la actuación positiva del Estado, dando facilidades a las MYPE para su promoción y desarrollo.

Por otro lado, es necesario tener en cuenta  el concepto de seguridad jurídica tiene como base la estabilidad institucional en donde se busque el cumplimiento normativo de una forma eficiente y eficaz. En tal sentido el presente artículo busca tratar la problemática de la ineficiencia judicial y su impacto en la MIPYME peruana. 

2.-LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA EN EL PERÚ

La MIPYME como sector muestra una gran complejidad y problemática. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la década pasada elaboró una tipología de la MYPE peruana:

  • MYPE de acumulación; tiene la capacidad de generar utilidades para mantener su capital original e invertir en crecimiento de la empresa, tiene mayor cantidad de activos y tiene la capacidad de generar empleo.
  • MYPE de subsistencia; son aquellas unidades sin capacidad de generar utilidades en detrimento de su capital, dedicándose a actividades que no requieren de transformación substancial de materiales o deben realizar dicha transformación con tecnología rudimentaria, no incidiendo de modo significativo en la creación de empleo adicional.
  • Nuevos emprendimientos; se entiende como aquellas iniciativas empresariales concebidas desde un enfoque de oportunidad es decir con una opción superior de autorrealización y generación de ingresos[2].

Otra clasificación que también es asumida tiene que ver con la situación de formalidad, es decir si cumplen con la normatividad vigente (municipal, tributaria, societaria etc.).

La Micro y Pequeña Empresa es definida legalmente como “una unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios.”[3]

De acuerdo a la Ley N° 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial a nivel nacional[4] se modifica la tipología empresarial utilizando ahora el monto anual de ventas de estas unidades económicas e incorporando a la mediana empresa.

Cuadro I. Definición de MIPYME

TIPO DE EMPRESA VENTAS BRUTAS ANUALES (VBA ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL

Microempresa

VBA ≤ 150 UIT Persona Natural o Persona Jurídica
Pequeña Empresa VBA ≤ 1700 UIT

Persona Natural o Persona Jurídica

Mediana  Empresa VBA ≤ 2300 UIT

Persona Natural o Persona Jurídica

Fuente: Elaborado a partir de la Ley N° 30056

La distribución de las empresas según el Cuadro Nº II, nos muestra que el 99.5% de las empresas peruanas son MIPYMES, por esta razón, la importancia que debe tener en las políticas públicas de fomento a este sector.

 

Cuadro II. Empresas Formales

ESTRATO EMPRESARIAL N° DE EMPRESAS Porcentaje
Microempresa 1 518 284 94.9
Pequeña Empresa 71,313 4.5
Mediana Empresa 2,635 0.2
Total de MIPYME 1 592 232 99.5
Gran Empresa 8 388 0.5
Total de Empresa 1 600 620 100.0

Fuente: PRODUCE-2017

Asimismo, según la literatura la MIPYME tienen las siguientes deficiencias: limitaciones tecnológicas, problemas de gestión y organización debido a la  poca  cultura de los empresarios de emplear técnicos y profesionales  de alto nivel (por sus altos costos), así como carecer de iniciativa y capacidad para el desarrollo de nuevos productos debido al poco acceso a  la tecnología., Además:

Dentro de las limitaciones internas cabe destacar la falta de personal calificado que ostente competencia, destrezas y habilidades que los estándares del mercado exigen, la sub utilización e ineficiencia en el uso de sus recursos la ausencia de controles de calidad  de procesos y productos; el desconocimiento de los instrumentos básicos de gestión empresarial (manejo de costos, marketing, asistencia técnica y capacitación ); la falta de un nivel de especialización que coadyuve al aumento de productividad, sus limitados niveles de capacitación y modernización de activos fijos[5].

 

 3.-UNA MIRADA AL PODER JUDICIAL

El Texto Constitucional señala que la potestad de administra justicia emana del pueblo y se ejerce a través del Poder Judicial[6]. Los derechos y libertades fundamentales solo pueden preservarse en una sociedad donde la profesión legal y el Poder Judicial tengan libertad y no están condicionado por presiones o interferencia políticas de ningún tipo.

La función jurisdiccional se trata de una función pública “…por cuanto es el Estado el que mediante los órganos y personas especialmente considerados aptos por la Ley para ejercerla la lleva a efecto. Por regla general ese órgano es el jurisdiccional, aun cuando, otros casos especiales que por cierto tienen a aumentar, la jurisdicción se radica en la cabeza de ramas del poder público diferente como la legislativa y la ejecutiva”[7]

A decir, de Zagrebelsky el derecho constitucional nos ha llevado a reconocer la importancia de la función jurisdiccional se podría considerar a los jueces “como los actuales señores del derecho.”[8]

Asimismo, Domingo García Belaunde sostiene el problema de la magistratura “ha sido y es hasta ahora el problema de su independencia frente al poder político que es la garantía principal que tiene los ciudadanos frente a los excesos del poder”[9]

Es preciso señalar que existe un justicia informal debido a las circunstancias históricas según Hernando de Soto “la mayoría de las personas acuden al sector extralegal para pagar impuestos sino porque la ley vigente no atiende a sus necesidades o aspiraciones“[10]

Por otro lado, el Dr. Fernando de Trazegnies resume lo que es el Poder Judicial de la siguiente manera “el poder judicial se ha cerrado sobre si mismo se ha aturdido con sus propios problemas  y ha perdido de vista que es un servicio público  como cualquier otro, y que como tal tiene que dar satisfacción a los ciudadanos En vez de ello se ha hecho una imagen  de su propia función como si esta no estuviera  al servicio de ese hombre  que viene a pedir que se le resuelva su problema concreto, sino de abstracta  diosa justicia .Es por ello que actúa más como una orden religiosa hermética que como empresa de servicios que debe tener atención puesta ante todo el público. Esto ha llevado a la subsistencia de hábitos mentales y de trabajo totalmente obsoletos ,al mantenimiento  de procedimientos engorrosos que retardan innecesariamente la justicia, a la utilización de justicia  a la utilización de  un lenguaje  que no entiende el común de la gente al punto que cuando lee la sentencia ,el litigante tiene que preguntar a su abogado si ha ganado o perdido y el propio abogado no pude encontrar  una explicación coherente y transparente  de las razones por que ha ganado o perdido  por que la Corte suprema se pronuncia  a la manera de un oráculo sin preocuparse de fundamentar o explicar su decisión[11]

Finalmente, la efectividad de la protección jurisdiccional a los derechos fundamentales se consigue solamente a través de una absoluta independencia del Poder Judicial y de sus componentes respecto de los demás poderes del Estado. Esta independencia política permite ejercer funciones sin injerencias directas o indirectas a su potestad jurisdiccional.

4.-La ineficiencia judicial y su impacto en la MIPYME

Al respecto, desde la aparición del libro de Douglas North respecto a las instituciones y el desarrollo económico, que tiene como hipótesis que las instituciones son las claves del desarrollo económico de las naciones[12]. Es así que “la relación entre el desarrollo económico y las instituciones legales es un tema que ha recibido creciente atención en la última década. Diversas investigaciones sobre este tema han resaltado la importancia de contar con un sistema de justicia eficiente, predecible y accesible a fin de impulsar el crecimiento y la inversión. También se ha destacado la necesidad de contar con un marco legal apropiado para garantizar el crecimiento económico a largo plazo y maximizar el potencial de los mercados financieros, el crecimiento empresarial y la inversión privada. La ausencia de tales condiciones genera escenarios “no óptimos” que conducen a resultados ineficientes. Frente a dicho contexto, los empresarios deben modificar su conducta a fin de adaptarse al entorno y mitigar los riesgos derivados de la ineficiencia del poder judicial”.[13]

Asimismo, el éxito económico o fracaso de los países “el éxito económico de los países difiere debido a las diferencias entre sus instituciones, a las reglas que influyen cómo funcionan sus economías y los incentivos que motivan a las personas (…)”[14]

Al respecto, la micro, pequeña y mediana empresa- MIPYME en el Perú actúan en condiciones económicas no óptimas así los empresarios deben tomar decisiones en un ambiente donde el sistema de justicia es ineficiente y poco predecible. Esta ineficiencia judicial aumenta los costos de transacción y por otro lado la poca probabilidad de ser sancionado hace que no se cumpla con contraprestaciones correspondientes[15]. (Herrero Alvaro y Henderson Keith, 2003).

En el caso de la MIPYME peruana la ineficiencia del sistema judicial afecta en los siguientes aspectos:

  • Las MIPYME deben enfrentar costos relacionados a los servicios de justicia costos altos, no guardan relación con los servicios relacionado. La ineficiencia, la corrupción hace que el sistema de justicia no se una opción atractiva y eficiente para resolver conflictos..
  • Los niveles macro, se observa la ineficiencia judicial tiene un impacto económico negativo sobre las decisiones empresariales. (Herrero Alvaro y Henderson Keith, 2003).

Uno de los conceptos importantes en esta relación entre derecho y economía son los costos de transacción los cuales son definidos como “costos del intercambio y éste tiene tres pasos descritos de manera elemental:

  • Debe localizarse un socio para el intercambio lo cual implica encontrar a alguien que desee comprar lo que se quiere vender o vender lo que se quiere comprar.
  • Deberá llegarse a un arreglo entre las partes que intercambian. Este arreglo se logra mediante una negociación exitosa, lo que podría incluir la redacción de un contrato.
  • Una vez realizado un contrato, éste deberá ejecutarse. La ejecución implica hacer el seguimiento del cumplimiento de las partes y castigar las violaciones al acuerdo

Una vez realizado un contrato, éste deberá ejecutarse. La ejecución implica hacer el seguimiento del cumplimiento de las partes y castigar las violaciones al acuerdo.

A las tres formas de los costos de transacción, correspondientes con estos tres pasos de un intercambio, podemos definirlas como:

  1. Costos de búsqueda
  2. Costos de arreglo
  3. Costos de la ejecución[16].

Aunque los costos de transacción pueden ser endógenos o exógenos en el sentido en que las reglas legales pueden disminuir los obstáculos existentes para la negociación privada, el Teorema de Coase sugiere que la ley puede estimular la negociación, reduciendo los costos de transacción[17].

Así la reducción de los costos de transacción lubrica la negociación; una forma muy importante en que la ley puede hacer esto es la definición de derechos de propiedad simples y claros; es más fácil negociar cuando los derechos legales son simples y claros que cuando son complicados e inciertos. De allí puede deducirse la formulación de un nuevo teorema, llamado por Cooter y Ulen “teorema normativo de Coase”, esto es, “estructurar la ley de tal modo que se eliminen los incentivos, los impedimentos para los acuerdos privados”. En principio este teorema es normativo porque ofrece una guía a los legisladores y se inspira en el teorema de Coase porque supone que el intercambio privado puede asignar eficientemente los derechos legales.

 Cuando el sistema de administración de justicia no opera eficientemente en cada uno de sus niveles aumentan los costos de transacción, la ejecución forzosa de la obligación sean estas adquiridas de manera legal o contractual es costosa y en algunos casos poco viables. Una administración de justicia ineficiente introduce una serie de distorsiones en la economía como las siguientes:

  • Escaso progreso tecnológico: es producido por el ineficiente sistema de protección de los derechos de propiedad industrial y marcaria, lo que inhibe la investigación y el desarrollo.
  • Pocos incentivos para tomar decisiones de inversión: producto de invertir en proyectos riesgosos depende de la tasa de retorno de la inversión y como el sistema de administración de justicia no es eficiente para la tutela de derechos se incrementa el riesgo.
  • Ineficiente asignación de recursos: las empresas prefieren proveedores conocidos aunque más caros que otros nuevos, para evitar en caso de incumplimiento de contrato tener que acudir a la vía judicial.
  • Limitación para el desarrollo de capitales: los principales inversionistas se inhiben de crear o comprar instrumentos financieros nuevos debido a la incapacidad del sistema de tutelar sus derechos.
  • Efectos negativos en la distribución del ingreso. los altos costos del sistema de justicia impiden que accedan los micro y pequeños empresarios accedan a este para el cumplimiento de sus contratos y en general el respeto de sus derechos económicos. (GARCIA, Mauricio.1999)

 Es por ello que el sistema de justicia juega un rol importante en el desarrollo económico de un país. En términos generales existe una amplia literatura entre justicia y desarrollo económico especialmente desarrollada por la corriente del análisis económico del derecho.

Finalmente, un estudio del Banco Mundial realizado al principio de los años 90 en los países de Canadá, Argentina, Filipinas, Perú, Brasil, España y Portugal demuestra que el impacto de la variable administración de justicia en el crecimiento económico varía entre un 10% y un 35%.[18]

5.CONCLUSIONES

Existe una relación expresa entre economía y sistema judicial por ende hay que analizar el papel que desempeñan las instituciones en el desarrollo económico: la protección de los derechos de propiedad, la reducción de los costos de transacción desempeña un papel decisivo en el proceso de desarrollo económico.

Los empresarios enfrentan dos tipos de costos: aquellos derivados del uso del sistema de justicia y aquellos derivados de operar en un entorno institucional deficiente debido a la ineficiencia judicial.

La ineficiencia judicial introduce un aspecto negativo en la toma de decisiones empresariales sin importar el tamaño de la empresa.

BIBLIOGRAFÍA

[1] BERNALES Ballesteros, Enrique, La Constitución de 1993. Análisis Comparado, Quinta edición, Editorial Rao, Lima 1999, pág. 356.

[2] Mediante Ley N° 29271, Ley que establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de Promoción y Desarrollo de Cooperativas, transfiriéndosele las funciones y competencias sobre Micro y Pequeña Empresa.

[3] Artículo 2 de la Ley N° 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, publicada el 03 de julio de 2003.

[4] Vale la pena señalar que no existe una definición estándar de MYPE a nivel internacional, lo cual dificulta la comparación con realidades de otros países.  Incluso en el Perú, las definiciones pueden variar en función al sector económico del que se trata.

[5] VELASCO Dennis y LÓPEZ, Kristian, Capacidad innovadora de las pymes en el universo del APEC, Cuadernos de difusión de ESAN, año 8, Nº 14, junio 2003, pág. 127.

[6] Articulo 138 Constitución Política del Perú

[7] García Maynes Eduardo Introducción al estudio del Derecho 5 edición Abogados asociados editores pág. 229.

[8] ZAGREBELSKY, Gustavo. El derecho dúctil. Ley, derechos. Justicia. Editorial Trotta. Décima Edición 2011.pág.

[9] Garcia Belaunde Domingo, la nueva constitución del Perú: Poder judicial y las garantías constitucionales .En desafíos constitucionales Contemporáneos. Cesar Landa y Julio Faundez (editores) .Fondo Editorial de la Universidad Católica del Perú. Maestría en Derecho Lima Marzo de 1996 pág. 50.

[10] De Soto Hernando, El Misterio del Capital .El Comercio Lima 2000 pág.180.

[11] De Trazegnies Granda Fernando: Reflexiones sobre la sociedad Civil y el Poder judicial ARA editores. Lima, pág.58.

[12]Según North, las instituciones son las reglas del juego que determinan las restricciones y los incentivos en la interacción económica, política y social.

[13] HERRERO, Álvaro y Henderson Keith, El costo de la resolución de conflictos en la pequeña empresa caso Perú. BID. Washington DC 2003. Pag.

[14] ACEMOGLU, Daron y ROBINSON James, Por qué fracasan los países, los orígenes del poder, la prosperidad y la pobreza. Ediciones Deusto  pág 95.

[15]  Pag. 30

[16] BEJARANO, Jesús. Análisis Económico del Derecho. Comentarios sobre textos básicos. Bogotá 1999.pp164-165

[17] Para ejemplos abundantes véase Cooter y Ulen, pp. 118 ss.

[18] SHERWOOD, Robert. Judicial Performance.Its economic impact in seven country. World Bank 1996.

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